05/02/2026
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) volvió a plantear ante ARCA un problema estructural del sistema tributario argentino: los montos mínimos a partir de los cuales se exige practicar retenciones y percepciones de IVA y del Impuesto a las Ganancias se encuentran congelados desde hace años, e incluso décadas.
IVA: mínimos que hoy resultan simbólicos
En materia de IVA, varios regímenes obligan a practicar retenciones o percepciones por importes que hoy no cubren siquiera el costo operativo del trámite.
Algunos ejemplos relevantes:
• $60 – Monto mínimo para percepciones de IVA (RG 2408). Fijado en 2016.
• $160 – Retención de IVA sobre honorarios judiciales (RG 1105). Vigente desde 2001.
• $400 – Retención a proveedores de exportadores (RG 2854). Última actualización en 2016.
En la práctica, esto implica situaciones difíciles de justificar.
Por ejemplo, con una alícuota del 3%, basta una compra superior a $13.333 para superar el mínimo de $400.
En el caso de exportadores, donde la retención suele ser del 100% del IVA, una factura de poco más de $1.900 ya obliga a retener.
Ganancias: topes igualmente desfasados
El Impuesto a las Ganancias presenta un problema similar:
• $240 – Monto mínimo para no practicar retención a no inscriptos (valor de 2019).
• $10.000 – Umbral para exigir certificados a entidades exentas (RG 2681, año 2017).
Hoy, prácticamente cualquier pago institucional supera estos importes, multiplicando controles, certificados y presentaciones sin impacto fiscal real.
El costo oculto de retener montos ínfimos
El argumento más contundente de los profesionales es operativo:
procesar una retención cuesta más que el monto retenido.
Para ingresar $240 de Ganancias o $400 de IVA, una pyme debe:
• Cargar el comprobante en su sistema.
• Generar el certificado de retención.
• Pagar mediante VEP.
• Declarar la operación en el SIRE.
Todo esto por importes que carecen de relevancia recaudatoria.
¿Y la RG 830?
La RG 830, régimen “madre” de retenciones de Ganancias, incorporó desde 2023 un mecanismo de actualización anual por ley.
Sin embargo, desde la óptica de la FACPCE, el índice utilizado resulta insuficiente y sistemáticamente queda por detrás de la inflación efectiva.
Incluso con actualización, los mínimos siguen siendo bajos en términos reales.
Qué se propone
La Federación plantea avanzar hacia un esquema más racional, con mínimos alineados a la realidad económica.
A modo ilustrativo, algunos valores actualizados por inflación mostrarían diferencias sustanciales:
• Mínimos de Ganancias que deberían multiplicarse por 8 o 9 veces.
• Retenciones mínimas de IVA que pasarían de montos simbólicos a cifras con sentido operativo.
Más allá de los números concretos, el mensaje es claro: sin actualización periódica, los montos fijos se convierten en una trampa administrativa.